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El Proceso de Asilo en España: Qué Debes Saber

El proceso de solicitud de asilo en España es un tema de gran importancia y complejidad para aquellos que buscan protección y refugio en nuestro país. Como experto en derecho de extranjería, es fundamental entender los detalles de este proceso y cómo puede afectar a quienes lo atraviesan.

¿Qué es el asilo y quién puede solicitarlo?
El asilo es un derecho fundamental reconocido internacionalmente que permite a las personas que huyen de la persecución y el peligro en sus países de origen buscar protección en otro lugar. Aquellos que pueden demostrar que tienen un temor fundado de ser perseguidos por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política u pertenencia a un grupo social particular pueden solicitar asilo en España. 

El proceso de solicitud de asilo
El proceso de solicitud de asilo en España implica varios pasos clave. En primer lugar, el solicitante debe presentar una solicitud formal ante las autoridades competentes, generalmente la Oficina de Asilo y Refugio (OAR). A partir de ahí, se lleva a cabo una entrevista personal en la que el solicitante tiene la oportunidad de exponer los motivos de su solicitud y proporcionar pruebas que respalden su caso.

Evaluación y toma de decisiones
Después de la entrevista inicial, las autoridades españolas llevan a cabo una evaluación exhaustiva de la solicitud, teniendo en cuenta la situación política y de derechos humanos en el país de origen del solicitante, así como cualquier otra información relevante. Esta evaluación determinará si el solicitante cumple con los requisitos para ser reconocido como refugiado según la Convención de Ginebra de 1951 y su Protocolo de 1967. 

Concesión de protección y permisos
Si se reconoce al solicitante como refugiado, se le otorgará un permiso de residencia que le permitirá permanecer en España y acceder a una serie de derechos, incluido el derecho a trabajar y recibir atención médica. En caso de que el solicitante no cumpla con los criterios para el estatus de refugiado pero aún tenga necesidades de protección, puede recibir otras formas de protección internacional, como el estatuto de protección subsidiaria.

Deportación y apelaciones
Sin embargo, si la solicitud de asilo es rechazada y el solicitante no tiene otros motivos legales para permanecer en España, puede enfrentar la deportación. Es importante destacar que existen mecanismos de apelación disponibles para aquellos cuyas solicitudes son rechazadas inicialmente, lo que permite una revisión independiente de su caso. 
Conclusiones
En resumen, el proceso de solicitud de asilo en España es fundamental para garantizar la protección de aquellos que huyen de la persecución y el peligro en sus países de origen. Como abogado de extranjería, es crucial tener un profundo conocimiento de este proceso y estar preparado para brindar asesoramiento y representación legal a aquellos que lo necesitan.
Por Lida Rueda Gomez 5 de junio de 2024
La ley establece un periodo mínimo de diez años de residencia de forma continuada. Sin embargo esta exigencia puede reducirse a cinco, dos o incluso un año. La nacionalidad española constituye, además de un derecho fundamental, el estatuto jurídico de las personas. Para poder obtener la nacionalidad española existen varias vías, según lo que establece el Código Civil español, una de ellas es mediante residencia. Se trata de la opción que suelen escoger la mayoría de los extranjeros que residen en España. Sin embargo, para poder optar a ella se deberá de haber residido al menos durante diez años en el país de forma legal y continuada. Asimismo, es necesario realizar la solicitud de forma anterior para poder comenzar a contabilizar los años. A pesar de marcar este límite, existen algunos ejemplos en los que el periodo que se exige es menor al ordinario: ¿Cuándo se reduce el periodo de residencia exigido? Cinco años: Personas bajo la condición de refugiados podrán obtener la nacionalidad española en cinco años. Dos años: Para aquellos nativos de países iberoamericanos, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal, Austria, o personas de origen sefardí. Un año: Poder obtener la nacionalidad española con tan solo un año de residencia será posible en siete supuestos: Aquellos que hayan nacido en España. Los que nacieron fuera de España, pero disponen de padre, madre o abuelo de origen español. Personas viudas de españoles que no se hubiesen separado antes del fallecimiento del cónyuge. Aquellos que, en el momento de la solicitud, lleven casado un año con su pareja español o española y no se encuentren divorciados o separados. Los que hayan tenido derecho de adquirir la nacionalidad española y no la hayan solicitado. Aquellos que hayan estado bajo tutela de una persona española durante, al menos, dos años consecutivos. El que haya estado sujeto legalmente a la tutela, curatela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, aunque en el momento de la solicitud continuase en esta situación. ¿Cuáles son los requisitos para obtenerla? Para poder recibir el visto bueno por parte de las administraciones son necesarios cinco requisitos: Integración en el territorio Buena conducta y civismo Documentación en vigor No tener antecedentes penales, tanto en España como en el lugar de origen Residencia continuada en España de forma anterior a la solicitud ¿Dónde se solicita la nacionalidad española por residencia? La adquisición de la Nacionalidad por Residencia se encuentra regulada principalmente bajo el artículo 22 del Código Civil Español. Para poder obtener la nacionalidad española por residencia se debe, en primer lugar, acreditar la superación de dos exámenes, el examen DELE (nivel A2) y el examen CCCSE. Los únicos que se encuentran dispensados de realizar estas pruebas son los menores de 18 años y las personas de capacidad modificada judicialmente, quienes deberán presentar los certificados correspondientes. Una vez realizadas ambas pruebas se puede presentar la solicitud de varias formas: Mediante correo postal. A través del Registro Público. De forma telemática, a través de la Plataforma habilitada por el Ministerio de Justicia. Sin embargo, para esta opción será necesario disponer de un Certificado Digital. Mediante plataformas proporcionadas por Colegios de Abogados. Cabe destacar que las Embajadas y Consulados de España en el extranjero no realizan estos trámites . Aun así, en caso de dudas la página web del Ministerio de Justicia ofrece más información sobre este trámite. Además, los trámites en el Registro Civil son completamente gratuitos.
Por Lida Rueda Gomez 24 de mayo de 2024
Obtener la nacionalidad española es un sueño para muchos residentes extranjeros en nuestro país. En este artículo, nos centraremos en los trámites y requisitos específicos para los ciudadanos cubanos que residen en España y desean adquirir la nacionalidad. Como expertos en extranjería en Valencia, entendemos la importancia de este proceso y queremos ofrecerte una guía clara y detallada. Requisitos Generales para la Nacionalidad Española Residencia Legal y Continuada Tiempo de Residencia: Para ciudadanos de países iberoamericanos, como Cuba, el tiempo requerido es de 2 años de residencia legal y continuada en España. Residencia Continuada: Es crucial que no existan ausencias prolongadas que interrumpan este período 2. Integración en la Sociedad Española Conocimientos de la Constitución y la Realidad Sociocultural Española: Se debe acreditar la integración superando dos exámenes del Instituto Cervantes: CCSE (Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España). DELE (Diploma de Español como Lengua Extranjera), nivel A2 o superior. Los ciudadanos de países hispanohablantes pueden estar exentos de este examen. 3. Buena Conducta Cívica Antecedentes Penales : No tener antecedentes penales ni en España ni en el país de origen. 4. Medios Económicos Se debe demostrar que se dispone de medios de vida suficientes para mantenerse en España. Documentación Necesaria Para iniciar el proceso de solicitud de nacionalidad, es indispensable contar con la siguiente documentación: Formulario de Solicitud: Debidamente cumplimentado. Pasaporte: Copia completa y en vigor del pasaporte. Tarjeta de Residencia: Copia de la tarjeta de residencia vigente. Certificado de Empadronamiento: Que acredite el tiempo de residencia en un municipio español. Certificado de Antecedentes Penales: Del país de origen y de España. Acta de Nacimiento: Legalizada y traducida, si no está en español. Justificante de Integración: Certificados de los exámenes CCSE y, si aplica, DELE. Medios Económicos: Documentos que acrediten la suficiencia de medios económicos. Procedimiento de Solicitud Presentación de la Solicitud: La solicitud puede presentarse de manera telemática a través del portal del Ministerio de Justicia. Pago de Tasas: Abonar las tasas correspondientes a la tramitación de la nacionalidad. Entrevista: En algunos casos, se puede requerir una entrevista personal. Resolución: El Ministerio de Justicia resolverá la solicitud y, si es favorable, se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Jura de la Nacionalidad: Tras la resolución favorable, se debe jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y las leyes. Consejos Adicionales Tiempo de Resolución: Este proceso puede durar varios meses, incluso años, por lo que es recomendable mantener todos los documentos actualizados y responder rápidamente a cualquier requerimiento del Ministerio de Justicia. Asesoría Legal: Contar con la asistencia de un abogado especializado en extranjería puede ser beneficioso para asegurar que todos los documentos y requisitos se cumplan adecuadamente. Conclusión En Hispana Legal, somos expertos en extranjería en Valencia y estamos aquí para ayudarte en cada paso del proceso para obtener la nacionalidad española. Si necesitas más información o asistencia personalizada, no dudes en contactarnos. Para obtener información más detallada y actualizada, te recomendamos visitar el Portal de la Administración de Justicia de España.
Por Lida Rueda Gomez 13 de mayo de 2024
El proceso puede tener una duración muy prolongada y contar con numerosas complicaciones, por lo que es aconsejable contar con asesoramiento legal o consultar con la Oficina de Extranjería para obtener toda la información Obtener la nacionalidad de un país puede ser un proceso complejo y muy variable según la parte del mundo en la que se solicite. Sin embargo, el esfuerzo también se debe a los notables beneficios que esta pertenencia oficial a un lugar puede suponer. En España , por ejemplo, se concedieron más de 242.000 nacionalidades en 2023. A las ventajas y derechos que otorga un pasaporte español hay que añadirle también el hecho de que este abre las puertas a la Unión Europea , así que puede ser el primer paso en una migración más larga. Nacionalidad por residencia Sea por el motivo que sea, en nuestro país hay varias formas de obtener la nacionalidad. La más habitual para los extranjeros es a través de la residencia, es decir, por la vía que exige diez años de residencia legal y continuada en España. En el caso de los refugiados, en cambio, el tiempo se reduce el 5 años, mientras que en el caso de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y para los sefardíes, el período requerido es de 2. Del mismo modo, algunas situaciones pueden incluso reducir el requisito a solo un año, como a los nacidos en territorio español o a los que no han adquirido debidamente la nacionalidad española por opción. Para solicitar la nacionalidad, habrá que realizar otros trámites después de demostrar que se ha vivido en España durante ese tiempo. En primer lugar, hay que acceder a la plataforma electrónica del Ministerio de Justicia y presentar la solicitud -previo pago de una tasa de 104,05 euro s-. También habrá que presentar varios documentos, como la Tarjeta de identidad de extranjero (TIE) o Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea que acredite la residencia legal en España durante ese tiempo. También será necesario dar el pasaporte completo y en vigor, así como el certificado de nacimiento del país de origen y un certificado de antecedentes penales en los lugares en los que hubiera vivido antes. Por último, también sería necesario entregar un certificado de empadronamiento. Además, el solicitante deberá demostrar su integración en la sociedad española. Para ello, se le realizarán dos pruebas. En una -el examen DELE- se asegurará su dominio del español , salvo que su país de origen fuese hispano hablante. En la otra -el examen CCSE- se comprobarán sus conocimientos constitucionales y socioculturales. Todo ello deberá ser también entregado. Una vez hecho esto, dará comienzo una revisión que puede durar meses o incluso años. En caso de que la solicitud sea aprobada, el solicitante será notificado -nunca electrónicamente, sino a través del encargado competente para la instrucción del Expediente- y se procederá a la jura de la Constitución española y la fidelidad al Rey. Tras ello, será inscrita la nacionalidad en el Registro Civil y el interesado recibirá, finalmente, el Documento Nacional de Identidad (DNI) y un pasaporte español. Nacionalidad por Opción Es necesario destacar que, además de la nacionalidad por residencia, también hay otras formas de obtener esta condición, aunque sus requisitos sean más concretos . En el caso de la nacionalidad por opción, está dirigida a quienes hayan estado o todavía estén sujetos a la patria potestad de alguien con nacionalidad española, o a aquellos cuyos padres fueran españoles y nacidos en España. Del mismo modo, también podría incluirse a quienes, en el momento de su nacimiento, su padre o madre hubiesen sido también españoles nacidos en España, entre otros supuestos similares. Nacionalidad por Carta de Naturaleza Esta vía se usa cuando, de forma discrecional, el Gobierno otorga excepcionalmente la nacionalidad española. Lo debe hacer en circunstancias excepcionales que justifiquen dicha excepción, ora por razones humanitarias, interés público u otros motivos relevantes. Por ello, esta forma no se basa en el cumplimiento de condiciones ni estándares, por lo que es muy poco habitual. El procedimiento da comienzo con un Real Decreto, previa valoración del Consejo de Ministros del caso individual -como ocurrió en el caso del luchador Ilia Topuria recientemente-. Nacionalidad por posesión de Estado También tendrá derecho a la nacionalidad quien, sin ser consciente de que en realidad no es español, de forma continuada y de buena fe ha actuado como si fuese español y tuviese ya la nacionalidad durante 10 años , en base a un Título inscrito en el Registro Civil. Por lo tanto, dicha persona deberá haber tenido un comportamiento en el que ya se tenía a sí misma por española, tanto en derechos como en obligaciones en relación con los distintos órganos del Estado. Como se puede ver, cada método tiene sus propios requisitos y su documentación particular. El proceso puede ser largo y requiere paciencia. También es muy recomendable consultar a un abogado especializado o con la propia Oficina de Extranjería para obtener información detallada y actualizada sobre el proceso y los requisitos específicos. Fuente: infobae.com
Por Lida Rueda Gomez 11 de mayo de 2024
En el contexto legal de la inmigración en España , cada cambio o modificación de la legislación vigente supone una oportunidad para las personas que buscan establecerse en el país de forma legal y contribuir de manera positiva a la sociedad. Ejemplo de ello es la introducción del arraigo familiar para extranjeros cuidadores de españoles con discapacidad , una nueva categoría de arraigo que ofrece una vía de regularización para quienes brindan apoyo esencial a ciudadanos que requieren asistencia para su autonomía personal. ¿En qué consiste el arraigo familiar para cuidadores? Esta medida introducida recientemente en la Ley de extranjería se centra en proporcionar una solución legal a extranjeros que se encuentran en el país en situación irregular y que proveen cuidados a personas españolas con algún tipo de discapacidad. Se trata de una figura legal que no requiere permanecer tres años en territorio español en situación de irregularidad, contar con una oferta laboral o cumplir con los requisitos exigidos en la categoría del arraigo social, simplificando el proceso para quienes desempeñan un rol de cuidados imprescindibles. En este contexto, la legislación vigente en materia de extranjería, destaca que para solicitar el arraigo familiar para extranjeros cuidadores de españoles con discapacidad se deben cumplir requisitos específicos como prestar apoyo y cuidado a una persona con discapacidad y que conviva con ella, en cuyo caso, le será concedida una autorización durante 5 años que le habilita a trabajar por cuenta ajena y no propia. Además de demostrar la relación de cuidado a un ciudadano español, el solicitante del arraigo deberá acreditar que la persona cuidada posee una discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 33 %. Asimismo, debe presentar pruebas de convivencia y cuidado, mediante diferentes documentos y cumplir también con la entrega de requisitos adicionales como certificado de antecedentes penales del país de origen , copia del pasaporte vigente, entre otros. Requisitos: No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea , del Espacio Económico Europeo o de Suiza. Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia durante los últimos cinco años por delitos existentes en el ordenamiento español. No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido. No encontrarse , en su caso, dentro del plazo de c ompromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen. Ser padre o madre o tutor de un menor de nacionalidad española; Tener a cargo al menor y convivir con él, o encontrarse al corriente respecto de las obligaciones paternofiliales respecto al mismo. Ser una persona que presta apoyo a una persona española con discapacidad o que requiera medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica: Tener a cargo a la persona española con discapacidad, o que requiera medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica, y convivir con ella. Fuente:murcia.com
Por Lida Rueda Gomez 3 de mayo de 2024
Casi 300.000 autónomos tendrán que devolver 505 millones de euros a la Seguridad Social por haber recibido ayudas Covid sin tener derecho a ellas , según un informe del Tribunal de Cuentas que presenta este martes. El Tribunal de Cuentas señala que las constantes «modificaciones» de la norma por parte del entonces ministerio de José Luis Escrivá han mostrado una gestión «ineficiente» de estas ayudas que crearon «inseguridad jurídica». «La gestión de esta prestación se ha visto condicionada, principalmente, por su escasa y poco clara regulación jurídica, circunscrita a un único artículo (el artículo 17 del RDL 8/2020) que ha sido objeto de numerosas modificaciones a lo largo de tres años (las cuales han afectado, en ocasiones, a aspectos fundamentales de la prestación como los requisitos para su reconocimiento y a su forma de acreditación), ya sea para incorporar aspectos inicialmente no contemplados, o porque si lo fueron, fue de forma insuficiente», señala el informe del Tribunal de Cuentas en su informe. «A pesar de sus sucesivas modificaciones, la regulación recogida en dicho artículo se ha revelado insuficiente para su adecuada gestión, poniendo de manifiesto, en ocasiones , tanto la imprecisión de sus términos como la falta de previsión de determinados aspectos (nacimiento del derecho o causas de extinción, entre otras)», explica el organismo. El Tribunal de Cuentas habla de una «gestión ineficiente de los recursos públicos» por parte del ministerio. Las siete modificaciones de la norma original no sirvieron para una gestión eficaz, que perjudicó a los autónomos. «Ni las sucesivas modificaciones del artículo 17 ni la emisión de los criterios interpretativos por parte de la DGOSS han permitido garantizar una aplicación homogénea de la norma, y así, los trabajos de fiscalización desarrollados han permitido constatar la adopción de criterios dispares, ante idénticas situaciones de hecho, tanto por sus órganos gestores como por los órganos judiciales en la aplicación de la norma, que han tenido como consecuencia un tratamiento no homogéneo, y por tanto desigual, de los administrados (que resulta especialmente relevante en los aspectos analizados en los siguientes subepígrafes), y han dado lugar incluso, en ocasiones, a la renuncia a la prestación por parte de algunos beneficiarios, mientras que otro colectivo, en idéntica situación, continuó percibiéndola hasta el final de su periodo de duración », señala el Tribunal de Cuentas. Según las cifras del organismo, 125.000 autónomos recibieron 119 millones de ayudas covid sin estar al corriente de pago o sin estar dados de alta de autónomos , mientras que otros 156.000 recibieron 386 millones sin cumplir los criterios de cese de actividad. Según explica el Tribunal de Cuentas en el informe, el Gobierno modificó siete veces entr e 2020 y 2023 las normas para acceder a estas ayudas covid. En el escrito de alegaciones, la secretaría de Estado de Seguridad Social señala que la primera norma se aprobó a los tres días de la declaración del estado de alarma y defiende que, posteriormente, se hayan hecho modificaciones. «La elaboración de la norma, cuyo objetivo prioritario era la cobertura social de forma inmediata, vino condicionada por la urgencia en la adopción de soluciones», señala. «Por ello, además de este proceso legislativo de choque, fue precisa la adaptación posterior a la evolución sanitaria y económica. Necesariamente la regulación hubo de ser cambiante, y fue respondiendo en cada momento a las necesidades sociales, a la evolución de la pandemia, al rebote del tejido productivo y las particularidades de la gestión, mediante las sucesivas modificaciones normativas», se defiende. El ministerio asegura que «visto en perspectiva», se puede afirmar que la «regulación, los criterios normativos y la gestión han dado una respuesta satisfactoria a la gravedad de la situación y serán un referente de respuesta administrativa eficaz y eficiente ante situaciones excepcionales e inéditas». Y recuerda que «el propio Tribunal señala que la norma ha cumplido su función de cobertura social y mantenimiento del empleo. Así se puede constatar a la vista del elevado número de prestaciones extraordinarias resueltas en un contexto excepcional». Se da la circunstancia de que en 2020 la principal asociación de autónomos, ATA, lamentó los constantes cambios de la norma y la inseguridad jurídica que generaba, por lo que recibió a su vez las críticas del ministro Escrivá. Fuente: okdiario.com
Por Lida Rueda Gomez 30 de abril de 2024
TEl Banco de España ha publicado este martes los capítulos de su informe anual de 2023 en los que analiza la resiliencia de la economía española y los retos económicos aún pendientes , entre ellos, la sostenibilidad de un sistema de pensiones que supone "una de las partidas de gasto estructural más relevantes" y muestra una clara tendencia al alza que se prolongará en las próximas décadas. Ángel Gavilán, el director general de Economía y Estadística del Banco de España , ha asegurado este martes que en los próximos 30 años harán falta 24 millones de trabajadores migrantes para mantener la relación entre trabajadores y pensionistas y sostener así el sistema de pensiones. El diagnóstico de la institución es un tanto alarmista respecto al futuro las pensiones. En su informe anual, la entidad calcula que subir un punto porcentual el tipo efectivo medio de las cotizaciones sociale s para financiar el sistema de pensiones generaría una caída del 0,25% en el número de ocupados al cabo de cuatro años, lo que equivale a más de 50.000 puestos de trabajo. La entidad ha advertido de los perjuicios que supondría la aplicación en 2025 de la clausula de salvaguarda del sistema de pensiones que, en última instancia y en ausencia de otras medidas, garantiza su sostenibilidad con una subida automática de las cotizaciones. El gasto en pensiones en 2023 alcanzó el 13,1% del PIB y se espera "un incremento sustancial" teniendo en cuenta la evolución demográfica de España, con un notable aumento del peso poblacional de las personas de mayor edad. El informe recuerda que en 2025 está prevista la evaluación de la cláusula de salvaguarda introducida en la reforma del sistema de pensiones, que estipula que si la proyección del gasto medio neto en pensiones en el período 2022-2050 se desvía del 13,3% del PIB, el Gobierno deberá identificar un conjunto de medidas para corregirlo. A falta de acuerdo sobre las medidas a aplicar, el mecanismo contempla una subida automática de las cotizaciones sobre la que el Banco de España lanza su advertencia: "hacer descansar la financiación del sistema de pensiones exclusivamente en el incremento de las cotizaciones sociales podría ser perjudicial para el empleo y la competitividad de la economía española". Ángel Gavilán, el director general de Economía y Estadística del Banco de España, ha explicado durante la presentación del informe que esas obligaciones de gasto podrían reducirse si los nuevos incentivos introducidos para demorar la jubilación logran elevar significativamente la tasa de actividad de los trabajadores de edad avanzada. Según datos de la entidad, un retraso de un año en la edad de jubilación de todas las altas ordinarias proyectadas entre 2022 y 2050 estaría asociado a una reducción promedio de la ratio de gasto en pensiones de entre 0,3 y 0,5 puntos porcentuales de PIB en dicho período. El peso de las jubilaciones demoradas sobre el total de altas de jubilación ha aumentado del 4,8% en 2021 al 8,1% en 2023, cuando superaron las 26.000, aunque Gavilán ha explicado que es imposible saber cuántas personas se van a acoger a esta modalidad y cuánto tiempo. Desajustes del mercado laboral Otro de los retos planteados por el Banco de España respecto al envejecimiento de la población tiene que ver con los desajustes que puede producir en el mercado de trabajo, un problema que se ve compensado por el fenómeno de la inmigración. Gavilán ha detallado que los flujos migratorios supondrán una ganancia neta poblacional de casi 10 millones de personas hasta el año 2053, de los cuales el 70% está en edad de trabajar, es decir, unos siete millones. Esta cifra, sin embargo, es insuficiente: según Gavilán habría que multiplicarla por tres -hasta 24 millones de trabajadores extranjeros- para que la tasa de dependencia en España se mantuviese constante. A pesar de esta "intensidad" en los flujos migratorios, Gavilán ha hecho hincapié en que no va a ser suficiente para atajar el problema, teniendo en cuenta el perfil de los inmigrantes (el 80% no tiene estudios universitarios) y las necesidades de las empresas, con una economía en plena transformación verde y tecnológica, un desajuste que también se aprecia en trabajadores nacidos en España. En el informe también se hace referencia a las perspectivas de crecimiento de la economía española, que se mantienen "relativamente favorables a lo largo del horizonte 2024-2026" , debido al fin del endurecimiento de la política monetaria, la moderación de la inflación y el impulso fiscal proveniente del programa Next Generation EU (NGEU). Fuente: Publico.es
Por Lida Rueda Gomez 27 de abril de 2024
El Arraigo Social es una vía para obtener la autorización de residencia en España basada en la integración y arraigo en la sociedad española. Para solicitar esta autorización, es fundamental cumplir con una serie de requisitos establecidos por las autoridades competentes. A continuación, detallamos los principales requisitos necesarios para obtener el Arraigo Social: Residencia Continuada: El solicitante debe demostrar haber residido de forma continuada en España durante un periodo determinado, que suele ser de al menos tres años. Es importante contar con pruebas documentales que respalden esta residencia, como empadronamientos, contratos de alquiler, facturas de servicios, etc. Integración en la Comunidad: Se evaluará la integración del solicitante en la sociedad española, considerando aspectos como el conocimiento del idioma español, la participación en actividades sociales, culturales o comunitarias, y la inserción laboral o académica. Medios Económicos Suficientes: Es necesario demostrar la disponibilidad de medios económicos suficientes para subsistir en España, ya sea a través de ingresos propios, un contrato de trabajo vigente, o cualquier otra fuente de ingresos legalmente establecida. Carencia de Antecedentes Penales: El solicitante no debe tener antecedentes penales en España ni en los países donde haya residido anteriormente durante los últimos cinco años. Aportaciones a la Seguridad Social: Se valorará positivamente la cotización a la Seguridad Social española, si el solicitante ha estado trabajando de forma regular durante su estancia en España. Vínculos Familiares en España: Si el solicitante tiene familiares directos que ya residen legalmente en España, como cónyuge, pareja registrada o hijos menores, esto puede ser considerado como un factor favorable para la concesión de la autorización de Arraigo Social. Es importante tener en cuenta que la documentación requerida puede variar según la comunidad autónoma en la que se presente la solicitud, por lo que es recomendable consultar las instrucciones específicas proporcionadas por la Oficina de Extranjería correspondiente. En resumen, el Arraigo Social ofrece una oportunidad para obtener la autorización de residencia en España basada en la integración y arraigo en la sociedad española. Cumplir con los requisitos mencionados anteriormente es fundamental para garantizar el éxito de la solicitud. Si estás considerando solicitar el Arraigo Social y necesitas asesoramiento legal o asistencia con el proceso, no dudes en contactarnos. En Hispana Legal, estamos aquí para ayudarte a cumplir tus objetivos de inmigración en España.
Por Lida Rueda Gomez 22 de abril de 2024
Arraigo para formación: Este tipo de permiso de residencia se otorga a personas extranjeras que desean residir legalmente en un país con el fin de realizar estudios de larga duración, como programas de grado, máster o doctorado. Requiere una inscripción en un centro educativo reconocido por las autoridades del país anfitrión. Suele conceder más derechos, como la posibilidad de trabajar a tiempo parcial o completo durante el periodo de estudios, acceso a servicios de salud y, en algunos casos, la opción de solicitar la residencia permanente al finalizar los estudios. Puede tener requisitos específicos, como demostrar medios económicos suficientes para sufragar los gastos de manutención y estudio, así como mantener un buen rendimiento académico. Estancia por estudios: Este tipo de permiso está diseñado para estancias cortas con el propósito exclusivo de realizar estudios temporales, como intercambios académicos, cursos de idiomas o programas de investigación de corta duración. Por lo general, no permite trabajar durante la estancia, salvo en casos muy específicos y con autorización previa de las autoridades migratorias. No suele otorgar los mismos derechos que el arraigo para formación, como acceso a servicios de salud o la posibilidad de solicitar la residencia permanente. Es más adecuado para personas que deseen estudiar por un periodo limitado sin intenciones de establecerse a largo plazo en el país. En cuanto a cuál es más ventajosa , depende de los objetivos individuales de cada persona. Si alguien busca realizar estudios de larga duración y desea establecerse en el país a largo plazo , el arraigo para formación suele ser la opción más adecuada debido a los derechos y oportunidades que ofrece. Sin embargo, si el objetivo es realizar estudios temporales sin intenciones de establecerse permanentemente , la estancia por estudios puede ser más conveniente debido a su simplicidad y flexibilidad. ¡Descubre el camino hacia tus objetivos legales con nuestro equipo de expertos en Extranjería: ¿Necesitas orientación legal en asuntos migratorios, residencia y estudios en el extranjero? En Hispana Legal, estamos aquí para ayudarte a navegar por el complejo mundo legal con confianza y claridad. Nuestro equipo de abogados de extranjería en Valencia te ofrece asesoramiento personalizado y soluciones adaptadas a tus necesidades. Ya sea que estés explorando opciones de estudios en el extranjero o buscando establecerte legalmente en otro país, estamos aquí para brindarte la orientación y el apoyo que necesitas. ¡No esperes más para tomar el control de tu futuro! Contáctanos hoy mismo para programar una consulta y dar el primer paso hacia una resolución exitosa. ¡Te esperamos en Hispana Legal para ayudarte a alcanzar tus metas legales!
Por Lida Rueda Gomez 18 de abril de 2024
El Documento Nacional de Identidad es imprescindible para identificarse y realizar diferentes actos, entre ellos, viajar. Llega el viaje que tanto tiempo estabas esperando. Tienes la maleta preparada y los lugares que quieres visitar planeados. Hasta los restaurantes en los que deseas probar los manjares propios del destino. No obstante, cuando estás a punto de salir, revisas la cartera y la documentación y ahí está: tienes el DNI caducado. Este descuido es todo un problema a la hora de viajar en avión. No obstante, si dispones de pasaporte, se pude utilizar este documento a todos los efectos. Si tampoco está renovado o no dispones de pasaporte, la situación se complica. No obstante, el viaje no está del todo perdido, depende del tipo de vuelo. Destinos a los que se puede viajar con el DNI caducado Si el destino es nacional, está autorizado el vuelo aunque la documentación no esté vigente, según el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. El pasajero puede enseñar su carné de concudir español como documento de identidad o el DNI o pasaporte aunque no estén necesariamente en vigor. Eso sí, es recomendable consultar antes del viaje las condiciones en caso de DNI caducado con la aerolínea porque, aunque según la normativa sea posible volar dentro de España con el DNI caducado, la persona puede estar expuesta a que la compañía no le permita embarcar. Por su parte, los menores de 14 años pueden viajar a destinos nacionales sin DNI, pero solo si van acompañados de sus padres. A la hora de viajar por la Unión Europea o el espacio Schengen, la situación cambia. En estos destinos no se puede viajar con el DNI o pasaporte caducados ni tampoco enseñar el carné de conducir para acreditar la identidad. No obstante, los españoles que viajen a Alemania, Austria, Bélgica, Francia, Holanda, Italia, Liechtenstein, Luxemburgo, Malta, Mónaco, Portugal, Suecia y Suiza pueden viajar con el pasaporte caducado hasta cinco años después de finalizado su período en vigor. Es obligatorio tener el siempre pasaporte en vigor si quieres volar fuera de España a países que no pertenecen a la Unión Europea ni al espacio Schengen. Así, en los vuelos a un país tercero, el pasajero deberá presentar el pasaporte o documento de viaje válido en vigor, o cualquier otra documentación que exija el país de destino. Cómo renovar el DNI Lo más recomendale es estar atento a la fecha de caducidad del DNI para solicitar la renovación antes de que expire. Si ha caducado el DNI, se debe renovar lo antes posible. Para ello, es necesario aportar una fotografía reciente en color y tamaño carné, el DNI anterior y si han cambiado algunos datos, se debe aportar la documentación necesaria para acreditar esas modificaciones que intentes renovarlo lo antes posible. El precio de renovación del DNI es de 12 euros , si bien es gratuito para familias numerosas. Para renovarlo, se debe solicitar una cita previa a través de Internet, aunque todavía es posible acudir de forma presencial a una Oficina de Expedición o a una comisaría policial a pedir cita para la renovación. En la página sobre DNI de la Dirección General de Policía se puede encontrar toda la información para la renovación del DNI.
Por Lida Rueda Gomez 6 de abril de 2024
En este año 2024, se avecina una importante reforma o posiblemente un nuevo reglamento de extranjería. La necesidad de esta actualización se fundamenta en las últimas modificaciones legislativas, numerosas sentencias y la imperiosa tarea de adaptar la normativa a los cambios actuales. En este sentido, se han puesto en marcha los mecanismos necesarios para llevar a cabo esta actualización, con la meta de tener un texto definitivo incluso antes del verano. La etapa de consulta pública, que se inició el 7 de marzo y finalizó el 24 de marzo, es un paso crucial en este proceso. Durante este período, se ha invitado a profesionales, instituciones, asociaciones y sindicatos a ofrecer sus opiniones y propuestas. Esto garantiza que las voces pertinentes sean escuchadas y consideradas antes de la redacción del borrador final. Entre los objetivos principales de la reforma se encuentra la simplificación de los procedimientos y la eliminación de trabas burocráticas. Se busca reducir el número de autorizaciones existentes y establecer claramente los documentos necesarios para cada solicitud. Además, se pretende regular de manera precisa los cambios en las situaciones administrativas que afectan a los extranjeros. En términos específicos, la reforma incluirá disposiciones para la autorización de residencia temporal y de trabajo para mujeres víctimas de violencia sexual. También se modificará el régimen de autorización de residencia para familiares de ciudadanos españoles. Este último punto es especialmente relevante, ya que se espera que este régimen quede integrado dentro del propio reglamento de extranjería, en lugar de ser una normativa separada. Además, se completará la transposición de la directiva sobre permisos de alta cualificación para nacionales de terceros países con fines de empleo, como la tarjeta azul . Es importante destacar que, además de los cambios regulatorios, se considerará la implementación de medidas no regulatorias para garantizar una aplicación efectiva de la reforma, incluyendo recursos materiales y humanos adecuados. En resumen, la reforma del reglamento de extranjería es un proceso en marcha que busca adaptar la normativa a las necesidades actuales y simplificar los procedimientos para todas las partes involucradas. Es fundamental seguir de cerca este proceso para comprender cómo pueden afectar estos cambios a nuestros clientes y ofrecerles el mejor asesoramiento posible. Permanezcan atentos a nuevas actualizaciones sobre este tema en nuestro blog.
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