• Arraigo Laboral: Acreditando una estancia mínima de 2 años continuos en España
• Arraigo Social: Acreditando una estancia mínima de 3 años continuos en España
• Arraigo Familiar: Hijos de Padres españoles o Padres de menores españoles
• Autorización excepcional por razones humanitarias
• Mujeres víctima de violencia de género
• Otras circunstancias excepcionales