Autorizaciones por Circunstancias Excepcionales: Situaciones de ARRAIGO
Servicios
Autorizaciones por Circunstancias Excepcionales
Son las vías de regularización que establece la Ley de Extranjería de España, y contempla cinco circunstancias excepcionales de arraigo en España que permiten obtener una autorización de residencia y trabajo.
En Hispana Legal Abogados resolvemos todas tus dudas sobre el tipo de arraigo idóneo en tu caso, y te representamos durante todo el procedimiento.
Aquí te dejamos una breve explicación de cada uno de ellos
SITUACIONES DE ARRAIGO:
Arraigo Social
-
Dirigida a: Extranjeros que acrediten dos años continuos de permanencia en España.
-
Condición: Acreditar una de las siguientes condiciones:
- Vínculos familiares con otras personas extranjeras titulares de una autorización de residencia (cónyuge o pareja registrada y familiares en primer grado) que cuenten con recursos económicos en España que asciendan al 100% del IPREM.
- Informe de Esfuerzo de Integración emitido por el Ayuntamiento y recursos económicos en España que asciendan al 100% del IPREM y de los que se pueda demostrar la procedencia.
-
Vigencia de la autorización: 1 año.
-
Permite trabajar: SI, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, desde la admisión a trámite de la solicitud.
-
Permite reagrupar a familiares: NO. Para reagrupar es necesario modificar/renovar esta autorización.
-
Computa para nacionalidad española: SI.
Arraigo Sociolaboral
-
Dirigida a: Extranjeros que acrediten dos años continuos de permanencia en España.
-
Condición: Acreditar una oferta de trabajo en cualquier modalidad contractual, que garantice como mínimo:
- Una actividad continuada de al menos 91 días en un año.
- Una jornada de trabajo de 20 horas semanales en cómputo anual.
- Una retribución que garantice el SMI proporcional a las horas trabajadas.
-
Vigencia de la autorización: un año
-
Permite trabajar: SI, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, desde la admisión a trámite de la solicitud.
-
Permite reagrupar a familiares: NO. Para reagrupar es necesario modificar/renovar esta autorización.
-
Computa para nacionalidad española: SI.
Arraigo Socioformativo
-
Dirigida a: Extranjeros que acrediten dos años continuos de permanencia en España.
-
Condición: Acreditar la matrícula o compromiso de matrícula en una de las siguientes formaciones:
- Educación secundaria postobligatoria: a tiempo completo, que conduzcan a la obtención de un título reconocido.
- Ciclos formativos de grado medio y los títulos de Especialista de Formación Profesional.
- Formación para la obtención certificados profesionales de las ofertas del sistema de formación profesional de grado C, en sus niveles 2 y 3.
- Oferta presencial para la enseñanza obligatoria dentro de la educación de personas adultas (ESPA).
- Formación promovida por los Servicios Públicos de Empleo, orientada al desempeño de ocupaciones de difícil cobertura.
-
Vigencia de la autorización: un año
-
Permite trabajar: Si, pero solo 30 horas semanales en trabajos por cuenta ajena.
-
Permite reagrupar a familiares: NO. Para reagrupar es necesario modificar/renovar esta autorización.
-
Computa para nacionalidad española: SI.
Arraigo Familiar
-
Dirigida a: Padre, madre o tutor de un menor, nacional de otro EEMM, UE, del EEE o de Suiza.
-
Condición: residir en territorio nacional y tener a cargo al menor y convivir con éste o esté al corriente de sus obligaciones paternofiliales.
-
Vigencia de la autorización: 5 años.
-
Permite trabajar: SI, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.
-
Permite reagrupar a familiares: NO. Para reagrupar es necesario modificar/renovar esta autorización.
-
Computa para nacionalidad española: SI.
Arraigo de Segunda Oportunidad
-
Dirigida a: Extranjeros que acrediten haber sido titulares una autorización de residencia en los dos años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.
-
Condición: Que acredite relaciones laborales durante la vigencia de dicha autorización, siempre que la autorización de residencia no hubiera sido otorgada por circunstancias excepcionales o por estudios y que su renovación no hubiera sido denegada razones de orden público, seguridad y salud pública.
-
Vigencia de la autorización: Un año.
-
Permite trabajar: SI, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.
-
Permite reagrupar a familiares: NO. Para reagrupar es necesario modificar/renovar esta autorización.
-
Computa para nacionalidad española: SI.
Regularizaciones
Aprobadas
Aprobadas
+
3100
Famiiliares Comunitarios
Autorizados
Autorizados
+
1500
Nacionalidades
Concedidas
Concedidas
+
1800
Expedientes Ley 14/2013
Aprobados
Aprobados
+
800
Testimonios
Devoluciones de Clientes
Publicado en Google Lauraa CTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. She help me through all the paperwork from student to work. She is incredible thank you Lida!Publicado en Google Gustavo HernándezTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy agradesido con hispana legal abogadas porque grasias a ellos me salio aprobada la resolucion de estancia por estudio los recomiendo para cualquier proceso de migracion en españaPublicado en Google Carla CornejoTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Excelente asesoramiento, son muy profesionales y claros a la hora de los procesos, son muy resolutivos, amables. Sin duda más que recomendados!!Publicado en Google Carmen Montalvan garmendiaTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Estoy muy contenta con hispana legal abogados, desde que llegué a España me resuelven la mayoría de mis problemas me cambié de provincia, pero de abogada noPublicado en Google Jania CardosoTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Me han ayudado mucho con mi permiso de residencia por estudios y luego con residencia por pareja de hecho. Muy recomendable.Publicado en Google Elpana CasbTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Un gran equipo de trabajo ( inspera muchas confianza y seguridad) apara cualquier trámite de extranjería en Valencia España, Los Mejores....!Publicado en Google Laura UrregoTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Yo trabajo con atención al cliente. Y se lo que es cumplir un horario laboral. Si a mí me dicen que están laborando hasta las 19:30h obviamente yo doy por entendido que si llego a las 19:00h me van a hacer el favor de atenderme. Entiendo que sea Semana Santa y que quieran irse a descansar y de vacaciones. Pero uno llegar allá encontrarse con 3 abogados y la chica de la recepción y que lo quieran atender a uno a lo rápido para salir del paso. Y a parte de todo decirte que están cerrados cuando muy bien en el wsp me dijeron que estaban abiertos hasta las 19:30h. Entonces dicho eso me parece una falta de respeto lo hagan a uno perder el tiempo. Porque si es de Uds es valioso el mío también. Queja alguna jamás he tenido con respeto a las gestiones que me han llevado a mí y a mi círculo familiar. Pero lo de hoy sí que me pareció demasiado feo de parte de todos allí presentes. Iba con la intención de al menos dejar pagos los trámites míos y de mi familia. Pero ni eso se interesaron en hacer. Por lo menos cobrarme para no perder la ida. Si me dicen que puedo ir sin cita para llevar los documentos pues voy sin cita. Pero uno ir y ser tratado así. No quedan ganas de volver.Publicado en Google Carmen NzangTrustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Buenos días, estoy muy satisfecha y contenta con el resultado en un año ya tengo mi nacionalidad y DNI española todos los trámites bien sin complicaciones, gracias a Lida y todo su equipo, buena atención tanto telefónica que presencial sin duda lo recomiendo. Hispano Legal Abogados, buena agencia una vez más gracias y un cordial saludo.
Estamos Aquí para Acompañarte
Si tienes dudas sobre si podemos ayudarte o no, puedes completar el formulario de contacto y comentarnos brevemente su caso. ¡Te contactaremos lo más rápido posible!