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Residencia para Familiares de Ciudadanos de la Unión

Servicios

Residencia para Familiares de Ciudadanos de la Unión

Es la autorización a la que pueden acceder los familiares de nacionales de cualquiera de los países de la UE, y estados parte en el acuerdo sobre el espacio económico europeo. 

Con nuestro apoyo tu familiar estará correctamente asesorado desde antes de venir a España.

Características y Ventajas

  • Dirigida a: Cónyuge, pareja de hecho, pareja no registrada, hijos menores de 21 años, hijos mayores de 21 años a cargo, ascendientes a cargo (dependientes económicamente) y otros familiares (familia extensa).
  • Condición: Acreditar el parentesco, la convivencia en España, los recursos económicos de la unidad familiar, y en determinados casos el seguro médico y las pruebas de estar a cargo.
  • Procedimiento exprés: SI, en un plazo de 20 días hábiles y con silencio positivo.
  • Vigencia de la autorización: 5 años tarjeta inicial y 10 años tarjeta de residencia permanente.
  • Permite reagrupar a familiares: SI, de forma conjunta o sucesiva (cónyuge o pareja de hecho, hijos y ascendientes a cargo)
  • Computa para nacionalidad española: SI.
Regularizaciones
Aprobadas
+ 3100
Famiiliares Comunitarios
Autorizados
+ 1500
Nacionalidades
Concedidas
+ 1800
Expedientes Ley 14/2013
Aprobados
+ 800

Testimonios

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