Además de cumplir con estos plazos, se debe tener la documentación en vigor, no tener antecedentes penales y superar con éxito los exámenes para conseguirla. Un examen elaborado por el Instituto Cervantes, que consta de 25 preguntas de tipo test sobre cinco temáticas diferentes. Además de ello, se deben pagar unas tasas antes de enviar la solicitud.
Debido al alto volumen de demandas la concesión de la nacionalidad es un proceso que puede durar entre uno y tres años. Durante los últimos años se han lanzado ‘planes de choque’, contratando más funcionarios para agilizar el proceso.
Otras vías para conseguir la nacionalidad
Nacionalidad para españoles de origen
Se considera que son españoles de origen los siguientes casos:
1. Los hijos de padre o madre española.
2. Los nacidos en España cuando sean hijos de padres extranjeros si, al menos uno de los padres, ha nacido en España.
3. Los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecen de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad.
4. Los nacidos en España de cuyos padres se desconoce la identidad.
5. Los menores de 18 años que sean adoptados por un español.
6. Los mayores de 18 años que sean adoptados por un español podrán optar por la nacionalidad española de origen en el plazo de 2 años a partir de la adopción.
En los dos primeros casos, se debe inscribir a los nacidos en el Registro Civil. En el resto, la ley otorga directamente la nacionalidad española.
Nacionalidad por opción
El Gobierno señala que “se otorga discrecionalmente por el Gobierno mediante Real Decreto, tras valorar la concurrencia de circunstancias excepcionales”. La nacionalidad se pide y realiza en el Registro Civil.
Esta vía sirve para otorgar la nacionalidad española a extranjeros que se encuentren en unas situaciones concretas, entre las que destacan las siguientes.
Se otorga discrecionalmente por el Gobierno mediante Real Decreto, tras valorar la concurrencia de circunstancias excepcionales.
Para ello, se debe completar un formulario de solicitud (que se puede encontrar en el Registro Civil del municipio donde se reside o en la web del Ministerio de Justicia). Además, el formulario se tiene que enviar a la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil, en Madrid.
Sin embargo, no solo hay que entregar el formulario, también se deben adjuntar los siguientes documentos: el certificado de nacimiento, certificado de antecedentes penales y documentos acreditativos de la concurrencia de circunstancias excepcionales.
Podrán obtener la nacionalidad aquellas personas que “hayan poseído y utilizado la nacionalidad española durante diez años, de forma continuada, de buena fe, en base a un título inscrito en el Registro Civil”, según informa el gobierno.
El título no se podrá perder aunque se anule en el Registro Civil, además, el interesado debe haber tenido una actitud activa en dicha posesión y utilización de la nacionalidad española. Para poder solicitarlo se debe formalizar y poner en práctica en el Registro Civil del municipio donde se resida. Fuente: as.com